Conferencia ofrecida en San Sebastián: Master Derechos Humanos, universidad de Derecho.
E1 de julio de 2005 se aprobaba en el Parlamento Español la ley 13/2005 de “Modificación del Código Civil en Materia de Matrimonio” popularmente conocida como Ley de Matrimonio Homosexual. La ley no creaba, por tanto, una nueva figura jurídica adaptada a los y las personas homosexuales sino que, simplemente, modificaba el Código Civil en lo que se refiere a la capacidad de las personas de contraer matrimonio. De hecho, a pesar de la complejidad y de la extensión del camino recorrido, la modificación legal en sí fue extraordinariamente sencilla; consistió en, además de añadir un pequeño párrafo al artículo 44 CC, sustituir en varios artículos más, relativos al matrimonio y a la filiación, marido y mujer por cónyuges o padre y madre por progenitores. Una reforma técnicamente sencilla para un cambio social, político y jurídico radical desde nuestro punto de vista[1].
Un cambio técnicamente sencillo que implicaba sin embargo un enorme cambio en las mentalidades porque esta ley no se aprobaba en el vacío, sino en medio de una mayoritaria aceptación social que marcaban mes tras mes las encuestas que encargaban los principales periódicos nacionales. El día después de aprobada la ley no había una sola encuesta (incluidas las de los periódicos de derechas o conservadores) que no dieran una mayoría, más o menos amplia, a la aceptación de la misma. Al comienzo de la transición, según refleja Jordi Petit[2], más de un 80% de los españoles pensaba que los homosexuales eran o enfermos, delincuentes o pecadores. El cambio social y de mentalidad ha sido,pues, rápido y profundo y para las personas que hemos trabajado en ello, ese es el logro fundamental. No tanto conseguir una ley, sino conseguir convencer a la mayoría de la necesidad y de la justicia de esa ley. Vencer sí, pero convenciendo, porque esa es la única manera de que las victorias políticas no sean efímeras.
Desde el momento de la aprobación de la ley, el mundo entero se preguntó con asombro cómo había sido posible que un cambio de esta magnitud se hubiera producido en España. En realidad, a los activistas, a las personas que llevamos muchos años trabajando con intensidad nos parece que lejos de ser asombroso, era esperable. La razón del asombro tiene que ver con la difícultad de tener una visión global sobre el marco en el que se ha contextualizado este proceso, que es lo que voy a tratar de explicar aquí.
En primer lugar, habría que tener presente que dentro del marco legislativo de la Unión Europea en el que se encuentra España, las resoluciones, informes, dictámenes e incluso sentencias judiciales a favor de la eliminación de cualquier forma de discriminación por razón de orientación sexual, incluso, específicamente, la imposibilidad de contraer matrimonio, no son extrañas. Concretamente, la resolución 28/1994 recomendaba que se pusiera fin “a la prohibición de contraer matrimonio o de acceder a regímenes jurídicos equivalentes a las parejas de lesbianas y gays, garantizando a dichas uniones los plenos derechos y beneficios del matrimonio”. Antes de eso, ya en 1984 el Parlamento Europeo aprobaba la primera resolución a favor de la adopción de medidas tendentes a promover la igualdad de lesbianas y gays. Y desde esta fecha se han venido sucediendo este tipo de pronunciamientos. En 1994 el Parlamento Europeo aprobó el “Informe sobre Igualdad de derechos para homosexuales y lesbianas en la Unión Europea”. Asimismo el Tratado de Ámsterdam, por el que se revisan los Tratados fundacionales de la UE, recogió en su artículo 13 que: «el Consejo, unánimemente, a propuesta de la Comisión, y tras consultar al Parlamento Europeo, podrá adoptar las medidas adecuadas para luchar contra la discriminación por razón de sexo, origen étnico o racial, religión o creencia, discapacidad, edad u orientación sexual». La importancia del artículo 13 reside en que éste está encuadrado en la parte del Tratado que hace referencia a los “Principios”, lo que implica su capacidad para impregnar toda la legislación comunitaria; es decir, ninguna legislación puede formularse en contra de esos principios. Aun hay muchos más ejemplos y sin voluntad de exhaustividad podemos citar la recomendación del 26 de septiembre de 2000 por la cual la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa recomendaba a los gobiernos de los países miembros que adoptaran medidas para poner fin a la discriminación de las personas homosexuales y transexuales. La recomendación se recogió tras realizar un estudio cuyas conclusiones se publicaron en un informe titulado «Situación de las lesbianas y gays en los Estados del Consejo de Europa». Por cierto que en dicho informe, y aunque no fuera el objetivo del mismo, se dejaba también constancia de que no se ha podido determinar ninguna diferencia entre el desarrollo de los niños educados en familias hetero u homosexuales. Por último en el frustrado proyecto de Constitución Europea aparecía también expresamente recogida la prohibición de cualquier tipo de discriminación por causa de orientación sexual, lo cual hubiera supuesto, desde el punto de vista de la organización que represento, un paso adelante en la definición de las personas LGTB como sujetos de ciudadanía plena.
Aunque todo este trabajo legislativo puede no ser conocido directamente por los ciudadanos, es evidente que juega un papel fundamental en la política de los estados miembro. Y también es muy importante para las organizaciones interesadas en los derechos de las personas LGTB. Para los activistas, todo este trabajo legislativo y de investigación ha supuesto una importantísima fuente de legitimación. En realidad, mirándolo desde esta óptica lo que resultaba extraño es que hasta la ley 13/2005 España no hubiera hecho absolutamente nada para adecuar su legislación a las recomendaciones comunitarias. No hicieron nada los gobiernos de Aznar, pero tampoco se avanzó nada durante la era González. El nuestro era, se decía, en el momento de la aprobación de la ley, el único país europeo, junto con Grecia, que no había reconocido derechos a las familias LGTB. Naturalmente que esta aseveración no era cierta o, más bien, era engañosa.
En primer lugar, en España se había hecho un recorrido largo de reivindicación política; primero de leyes de parejas y desde el año 2000, de matrimonio. Ese cambio en el objetivo principal de la reivindicación fue consecuencia de un intenso proceso de debate interno en el que permanecimos años y que habíamos de superar con el objetivo de fijar cual era, o debía ser, el objetivo concreto e inmediato (posible en el corto plazo) de la reivindicación, habida cuenta de que el objetivo final -la desaparición de la homofobia, la igualdad completa- todos los activistas lo tenemos claro. Primero hubimos de debatir si queríamos reivindicar derechos de las personas homosexuales en cuanto parejas o familias o en tanto individuos. Este debate, que puede parecerles baladí a las personas heterosexuales, que nunca se han visto en la tesitura de tener que reivindicar determinas opciones que siempre han estado ahí para ellos, representó un primer punto de ruptura[3] Algunas asociaciones y activistas nunca admitieron que esta reivindicación de los derechos familiares fuera prioritaria en la consecución de la igualdad. Estas asociaciones o estos activistas no querían colaborar en la reivindicación de derechos civiles que tuvieran que ver con la pareja, sino que tan sólo estaban de acuerdo en la reivindicación de derechos civiles individuales, por entender que los derechos de pareja no son sino una manera de situar a las personas dentro de determinado orden, en este caso un orden creado para el control y la represión. Más o menos superado este debate,[4] hubo que mantener aun otro que fue aquel que enfrentaba a los partidarios de que los derechos se reivindicaran en forma de lo que se ha llamado “Leyes de Parejas”, con aquellos otros que de ninguna manera aceptábamos que aquello por lo que luchábamos, tuviera otro nombre que el de “Matrimonio”. Es necesario aclarar aquí que la alternativa Matrimonio /Ley de Parejas que se dio en el debate español como si estas dos opciones fueran más o menos iguales y su única diferencia fuera finalmente la procedencia ideológica del reclamante, es falsa e interesada. Para los activistas LGTB en todo el mundo la consecución del matrimonio es entendida como la situación que asegura la igualdad plena entre todos los ciudadanos. Si bien en algunos países el Movimiento LGTB ha optado por reivindicar una Ley de Parejas lo ha hecho entendiendo esta reivindicación como una paso previo al matrimonio, cuya exigencia, por la razón que sea, se pospone para más adelante [5]
En el caso de España, el Movimiento LGTB comenzó a trabajar por una ley de parejas en tiempos de Felipe González. Se mantuvo un trabajo constante frente a la homofobia de los políticos de entonces, que era muy acusada por una cuestión generacional. Los comienzos fueron muy duros y todos los que vivimos aquellos momentos en primera línea podríamos contar anécdotas de las que ahora, los políticos de entonces, se avergonzarían. La homofobia era lo normal. Los políticos nos trataban con displicencia, con paternalismo y con una enorme lejanía. En todo caso, los resultados de aquel trabajo fueron muy decepcionantes para el activismo. Los sucesivos gobiernos de Felipe González fueron retrasando la consideración siquiera de una Ley de Parejas de mínimos, como entonces se planteaba. Finalmente, cuando tras muy complicadas negociaciones con la Ministra Cristina Alberdi parecía que se podía avanzar y cuando la ley estaba ya preparada, se disolvió el Parlamento antes de discutir el proyecto. Nos sentimos engañados, pero nos sirvió para reconsiderar la situación y, finalmente, cambiar el discurso. En todo caso, aquellos años también sirvieron para recorrer un camino necesario. A partir del 2000 la mayoría del Movimiento LGTB español se dio cuenta de que ya no era necesario el peaje de ese paso previo porque, de alguna manera, el debate estaba amortizado. La conveniencia de un paso previo suele venir dada por la necesidad de acostumbrar a una sociedad, históricamente homófoba, a la igualdad de las personas LGTB; por la necesidad de instalar el debate en esa misma sociedad y en los partidos políticos, de manera que unos se acostumbres y otros lo vayan introduciendo en sus discursos y programas. Pero esos pasos en España ya se habían dado y, a nuestro entender, el debate se había ganado. La razón tiene que ver con la particular estructura territorial que se da en este país y que, en este caso, favoreció los intereses del Movimiento LGTB. Desde que el alcalde de Vitoria, José Angel Cuerda, crease en esa ciudad en 1994 el primer registro de parejas de hecho que incluía a las del mismo sexo, hasta la ley de Parejas Vasca que otorgaba plenos derechos, incluida la adopción, se había venido creando un maremagnum legislativo que había tenido la virtud de instalar el debate en la opinión pública y que había creado también la sensación de que era necesaria una norma de rango superior que unificase toda esa legislación que, además, estaba creando importantes diferencias entre los derechos de unas y otras parejas según el lugar de residencia. Cada vez que se aprobaba o se debatía cualquier medida relacionada con las parejas o con las familias homosexuales, ya fuera un reglamento, una ordenanza o una ley autonómica, se producía un debate social y mediático que servía para visibilizar las reivindicaciones LGTB. Llegó un momento en el que el debate llevaba tanto tiempo en la calle y en los medios que se puede decir que estaba de sobra amortizado y ganado desde el punto de vista del Movimiento LGTB. Reiteradamente todas las encuestas daban el resultado de que una mayoría social aprobaba nuestras reivindicaciones. Aunque no había una ley de carácter estatal, en el imaginario social era como si esta ley existiera. De hecho, llegó a producirse una cosa curiosa y es que, de tanto hablar de matrimonio, de tanto ver imágenes en los medios de comunicación de parejas inscribiéndose en los registros, y teniendo en cuenta que mucha gente no entendía la diferencia entre “Matrimonio” y “Ley de Parejas”, una parte de la sociedad llegó a creer que en España el matrimonio entre personas del mismo sexo era posible antes de que realmente lo fuera. De manera que, en un momento dado, a finales de los 90, consideramos que, política, social y mediaticamente, el camino estaba a medias recorrido. En esta situación hubiera sido absurdo no dar un paso más, y trabajar sobre una Ley de Parejas hubiera sido como retroceder. Hay ocasiones en política en las que no avanzar lo suficiente es lo mismo que dar pasos hacia atrás.
En todo caso, este segundo paso, de la reivindicación de una Ley de Parejas a la reivindicación del matrimonio como discurso y objetivo político, fue más difícil aun que el anterior. Requirió un profundo debate interno que abrió no pocas heridas. Para un movimiento social que proviene y bebe de fuentes ideológicas de izquierdas fue difícil asumir como objetivo fundamental la reivindicación de una institución que se consideraba conservadora., a muchos les costó verse reivindicando una institución denostada por heterosexista, burguesa, opresiva…Fue necesario cambiar la manera de pensar y de explicar la institución matrimonial. Desligarla de la iglesia, de los ritos tradicionales, de las celebraciones familiares, para verla como lo que es: como un contrato ante el estado: una cuestión de ciudadanía.
El género y la heterosexualidad han estado presentes desde el principio en el concepto y en el contenido del derecho de ciudadanía. De hecho, el Estado construye la heterosexualidad como un prerrequisito de aquella, como una norma no escrita de pertenencia. Carole Pateman [6] ha explicado perfectamente cómo el contrato social está basado en un previo “contrato sexual” en el cual la ciudadanía está basada en el presupuesto de que un varón cuenta con esposa e hijos que permanecen en la esfera privada y que le proporcionan cuidados y sustento, de manera que aquel pueda dedicar su tiempo a su actividades en el espacio público. La noción de ciudadanía, así, se apoya históricamente en nociones consideradas propias de los varones heterosexuales como ser independiente y dueño de sí mismo, nociones de ciudadanía que dejaban fuera, por supuesto a las mujeres y a las minorías sexuales y raciales. La ciudadanía entonces, estaba muy vinculada a la posibilidad de contraer matrimonio (heterosexual); las minorías raciales porque no se les permitía y las mujeres, porque sólo al hacerlo alcanzaban dicho estatus. Sólo podían acceder a esta institución las personas que disfrutaban de la ciudadanía plena y, a sensu contrario, era una institución utilizada para excluir de la ciudadanía a determinados grupos sociales. Los conceptos de ciudadanía, matrimonio y república están así vinculados históricamente y, por ello, el acceso al matrimonio tiene una especial carga simbólica para los grupos excluidos y marginados [7]. En el sur americano los negros no podían acceder al matrimonio, así como tampoco los gitanos durante mucho tiempo y en muchos países, lo mismo que los judíos y, por supuesto, los esclavos. A las minorías raciales o étnicas se les permitía unirse en pareja mediante sus propios ritos o ceremonias,an pero estaban excluidos de la ley matrimonial porque esto hubiera sido lo mismo que concederles la ciudadanía. La ley de Matrimonio Civil fue la primera ley emanada de la Revolución Francesa que, además de significar una ruptura con el matrimonio canónico, venía también a conceder la ciudadanía francesa a grupos sociales hasta ese momento excluidos de la misma; era una ley revolucionaria que nacía con el objetivo de señalar la laicidad del estado y de ampliar los límites de la ciudadanía; estaba lejos de ser conservadora. Nació como un contrato ilustrado con vocación de ser igualitario, aunque ya sabemos que la igualdad ilustrada se formuló sólo para los varones y se excluyó del mismo a las mujeres. Todos y todas los que luchamos por la Igualdad somos hijos de la Ilustración, aunque ésta no quisiera en su momento reconocer a sus hijas. Celia Amorós afirma que el feminismo es el hijo bastardo de la Ilustración en el sentido de que ésta teorizó la igualdad sólo para los varones, e incluso muchos de los grandes teóricos de la igualdad entre los seres humanos eran al mismo tiempo grandes teóricos de la desigualdad de las mujeres, como Rosseau. Así que la teorización de la Igualdad en un principio solo piensa iguales a los hombres blancos, heterosexuales, burgueses…y sin embargo es ese marco el que permite pensar la igualdad para todos y todas. En su propia teorización pone la semilla de una voluntad y de un deseo que va con mucho a desbordar sus propios límites. Y esto va a ocurrir primero con las mujeres y después con muchos otros grupos sociales entre ellos las minorías sexuales. En ese sentido, los derechos LGTB son el hijo más ilegítimo de la Ilustración pero uno de los que con más fuerza ha exigido que le sea reconocida su legitimidad. Es evidente que ni lo derechos humanos ni los derechos civiles se han teorizado pensando en las personas homosexuales, pero estos derechos han terminado siendo nuestro marco de referencia en la reivinidación.
Así que nuestro discurso lo construimos desde ahí. Es un discurso de sustitución de los viejos principios por principios éticos y políticos ilustrados: Igualdad, Ciudadanía y Derechos Humanos que han constituido el aliento moral del moderno ideal de democracia. Lo cierto es que aunque pueda suponer un avance en algunas circunstancias, una Ley de Parejas no deja de ser una ley apartheid que más viene a señalar la desigualdad que a afirmar la igualdad. Las leyes de parejas que nos ofrecían, la que se va a aprobar en Italia, la que existe en muchos países,son leyes que ofrecen ciertos derechos a personas que conviven a cambio de que acepten –y de que el estado sella así- su desigualdad. Todas ellas evitan términos como “familia”, “amor”, “compromiso” etc. limitándose a regular los aspectos mercantiles de la convivencia. Más bien parece que tales leyes regulan sociedades limitadas. Las leyes de pareja son sucedáneos que no tienen otro sentido que el de retrasar la aprobación de leyes verdaderamente igualitarias. Regulan ciertos derechos porque llega un momento en el que los estados democráticos, fundados sobre el principio de igualdad no pueden seguir regateando derechos básicos a sus ciudadanos. En ese sentido el objetivo de las leyes de pareja es táctico: para los afectados por la imposibilidad de contraer matrimonio se trata de dar un paso en la dirección de la igualdad sin asustar demasiado a las fuerzas conservadoras; para estas mismas fuerzas se trata de retrasar lo inevitable.
En todo caso, a partir de abrazar claramente el discurso de la ciudadanía plena, el discurso político del movimiento LGTB cambió radicalmente. Se dejó de hablar de derechos para gays y lesbianas para pasar a hacer un discurso universalista, lo cual nos permitió conectar mejor con toda la ciudadanía, más dispuesta a empatizar con la reivindicación de derechos de carácter universal que con derechos particularistas y casi todos, además, de tipo económico, por más justos que puedan ser. A lo largo de varios años y de todas las maneras posibles: en conferencias, entrevistas, ponencias, artículos…fuimos explicando que no se trataba tanto de luchar por el derecho a la herencia, por el derecho a las pensión de viudedad, o por el derecho a la propiedad -derechos que podíamos haber conseguido de otra manera (mediante leyes de pareja) y seguramente más rápido, como de luchar por la Igualdad, la Dignidad, la Legitimidad y contra la homofobia. En ese sentido el contenido de nuestro discurso político no tenía nada que ver con los derechos sexuales (dábamos por sentado que esos derechos están garantizados en la Constitución), ni defendíamos tampoco el derecho a tener relaciones sexuales con quien cada uno quisiera o el derecho a amar a quien se quisiera, faltaría más; no se basaba tampoco en la consecución de derechos familiares (porque cada vez hay menos derechos familiares para haber más derechos individuales), sino que se trataba de un discurso directamente entroncado con la defensa del derecho de ciudadanía y, sobre todo, con la Igualdad. Las ventajas de este discurso (desde un punto de vista estratégico) no son sólo, como hemos dicho, que la mayoría de la población se solidariza con él con más facilidad, sino que también permite, desde un punto de vista práctico y teórico, ampararse en los textos internacionales y en las Constituciones democráticas, que se basan precisamente en esos principios. El discurso de la Igualdad permite hacer conexiones discursivas y lógicas con otros grupos, como las mujeres o las minorías raciales, a los que se ha negado históricamente el acceso a ciertas instituciones. Además, el concepto de Igualdad lo entiende fácilmente todo el mundo, es muy fácil de defender y de explicar. Y por último, unido indisolublemente al discurso de la Igualdad aparece el de la Dignidad. La igualdad legal es la base sobre la que se asientan los estados democráticos. Estar privado de ella supone ser considerado indigno de aspirar a ese bien preciado.
Quiero aquí hacer un inciso para referirme, aunque sea muy brevemente, al discurso contrario. Quiero poner de manifiesto su falta de coherencia y reflejar que más allá de su validez ética o moral es un discurso profundamente incoherente. El discurso tradicional sobre la homosexualidad es injusto e inmoral pero, al menos, es coherente con sus propios postulados. Si consideramos y defendemos que la homosexualidad es una enfermedad, una perversión o un crimen, entonces la exclusión de estas personas de lo público es lógica, así como su exclusión de la familia o de la posibilidad de educar hijos etc. Sin embargo ese discurso radical es hoy profundamente marginal y no lo defiende ya ningún político democrático. Pero sin su base coherente del pecado o la perversión, el discurso de la exclusión o de la desigualdad queda totalmente deslegitimado y se queda sin apoyo; o más bien, deja claramente de manifiesto que su única base posible es el prejuicio. Es decir, la participación de las personas homosexuales en la sociedad en igualdad de condiciones sólo puede atacarse desde la lógica de la enfermedad, de la perversión o del pecado. En ese sentido el discurso de la Iglesia es antiguo e injusto, pero coherente con sus propias posiciones, porque si se admite que somos ciudadanos iguales, -como todo el mundo parece admitir- que no somos enfermos, ni mucho menos delincuentes, si podemos ser jueces, médicas, ministros o presidentes del gobierno, ¿en base a qué criterio lógico se trata de impedir que nos casemos, que formemos familias con los mismos derechos? Contemplándolo desde su propia lógica, ¿es posible afirmar que, por ejemplo, un gay puede tener en sus manos el destino de una nación al ser Presidente o Ministro y, en cambio, no puede educar a un niño? Poner de manifiesto esa profunda contradicción entre lo que se decía y lo que implicaba nuestra discriminación fue también parte de lo que tuvimos que hacer.
Finalmente, en el fragor del combate dialéctico que se vivió en España en el último año y ya a la desesperada, los sectores opuestos a nuestra igualdad sostenían que la diferencia entre Ley de Parejas y matrimonio se reducía a una cuestión simbólica. No sé en que momento de la historia de la lengua “simbólico” ha llegado a ser sinónimo de “poco importante” cuando sabemos precisamente que lo simbólico es aquello que estructura nuestras categorías de pensamiento individuales y sociales. La capacidad de los símbolos para dotar de legitimidad a una demanda o para negársela es paradigmática, renunciar al valor simbólico de la cuestión hubiera sido como admitir, nosotros mismos, que no podíamos aspirar a la igualdad. ¡Claro que era una cuestión simbólica!, precisamente por eso no podíamos aceptar más que la una ley que reconociera la igualdad completa: una ley de matrimonio. Cómo he dicho antes, no estábamos luchando estrictamente por una lista de derechos. Por supuesto que los derechos concretos, materiales, positivos, son muy importantes; que son susceptibles de mejorar o empeorar la calidad de vida de las personas. Pero esa batalla estaba “idealmente” ganada aunque aun no lo estuviera materialmente. Todo el mundo está de acuerdo en que no puede haber un ciudadano que tenga las mismas obligaciones que cualquier otro y que, sin embargo, resulte privado de algunos de sus derechos, como el derechos a heredar o a recibir una pensión de viudedad. Por tanto, efectivamente, de lo que se trataba en última instancia era de ganar la legitimidad.
Las leyes expresan el punto de vista de la sociedad sobre los temas concretos. Las leyes expresan lo que una sociedad determinada considera justo o injusto, moral o inmoral, prohibido o permitido. Con la aprobación de la ley de matrimonio lo que en última instancia se está diciendo es que al estado ya no le importa, en ninguna circunstancia, la orientación sexual de sus ciudadanos y ciudadanas. Así que lo que estaba en juego era, nada más y nada menos que la legitimidad, y ésta es tan importante como la igualdad y la dignidad. Se pueden tener los mismos derechos y ser desiguales, se puede ganar la batalla de los derechos y perder la batalla de la Igualdad. La FELGTB[8], por mi dirigida en aquel momento, tuvo claro desde el principio que estábamos luchando por la igualdad y que lo que es igual se llama de la misma manera. “Los mismos derechos con los mismos nombres” fue el lema acuñado en aquellos años. Efectivamente, lo que es igual se llama igual y si no se llama igual, podrá tener el mismo contenido material (los derechos positivos, en este caso) pero no tendrá entonces la misma legitimidad simbólica. Si a algo se lo nombra de distinta manera es con algún propósito, en este caso el de seguir considerando al matrimonio heterosexual superior al homosexual, con toda la carga simbólica que eso supone: considerar que la heterosexualidad es superior a la homosexualidad, por ejemplo. No podemos olvidar que nuestra lucha es por derechos, sí, pero también es una lucha para cambiar estructuras mentales y formas de conocimiento que llevan siglos oprimiéndonos. El lenguaje crea una parte de la realidad, como sabemos. Para los ciudadanos lesbianas y gays de este país, el acceso al matrimonio supone el acceso a la ciudadanía plena y esta consideración es para nosotros de la mayor importancia, porque la estigmatización y menosprecio de las personas homosexuales está en la base de nuestra cultura, y es una herida que no va a curarse igualando legalmente, sino que necesita de una consideración activa, por parte del Estado y de las instituciones, de la igual dignidad de todas las personas. Eso conlleva que no se sitúe a nadie en situación de poder ser considerado diferente ni de menor importancia.
Además, si diciendo que era una cuestión simbólica querían decir “poco importante”, entonces ¿por qué les importaba tanto a ellos, a los que eran contrarios a nuestras reivindicaciones? Pues, efectivamente, porque lo simbólico es fundamental y porque, en este momento, se está librando en todo el mundo una batalla entre dos modelos de sociedad que tienen mucho que ver con los derechos de las personas homosexuales. Las luchas económicas y políticas del siglo XX han dado paso a la batalla por un nuevo modelo de ciudadanía. Se está configurando, en todas las democracias, un nuevo modelo de ciudadanía que trae aparejado nuevos valores. El contrato social ha entrado en una fase de redefinición y ahora ser ciudadano significa tener acceso a un ámbito mucho más grande de autonomía personal que incluye, entre otras cosas, lo que algunos han denominado ciudadanía sexual[9]. Este nuevo modelo tiene, como bien supremo, la autonomía individual (incluida naturalmente la autonomía de las mujeres) y se enfrenta al modelo tradicional que insiste en supeditar esa autonomía a “valores superiores” ya sea Dios, la sociedad, el orden, el Estado…. Esta batalla se está desarrollando en parte en torno al propio cuerpo y a la familia. Es la misma batalla que tiene por objetivo permitir o prohibir el aborto, la investigación con células madre, la eutanasia, el divorcio rápido, nuevas prácticas sexuales… Lo que nos estábamos jugando, pues, lo que ellos dejaron bien claro desde el principio, es que verdaderamente no les importaban tanto los derechos concretos de los que pudiéramos disfrutar como la propiedad del término “familia” o “matrimonio”; en definitiva, qué significan estos términos, quien y cómo pueden usarlos, cómo se redefine la familia y la sociedad. Ese fue en todo momento el fondo del debate.
A estas alturas ya todo el mundo sabe que la homosexualidad está presente desde siempre y en todas las sociedades conocidas. Ya se sabe que hay personas que se enamoran y que desean a personas de su mismo sexo, que establecen relaciones de convivencia, que tienen niños…y ya nadie, o casi nadie, se escandaliza. Ninguna organización conservadora en todo el mundo ha acudido a un juez para intentar retirar la custodia de un niño a un padre/madre gay o lesbiana. La discriminación activa está totalmente deslegitimada por el momento. En la batalla que se estaba librando en ese momento en España, en este mismo momento en EE.UU, a los conservadores (por ahora a la defensiva) les bastaba con no perder su legitimidad y la superioridad moral que dicha legitimidad les concede. El problema de la ley de matrimonio no son los derechos, sino que el problema es que gays y lesbianas pretendamos llamarnos como ellos, acceder a sus instituciones. El problemas es que si todos somos iguales y nada nos diferencia a homosexuales de heterosexuales, entonces todos somos igual de respetables. Y si todos somos igual de respetables, entonces los heterosexuales no son más respetables que nosotros. De aquí se sigue que, por tanto, para el Estado y para la sociedad la heterosexualidad no es mejor que la homosexualidad, ni es más deseable; es igual. Y esa es la razón última de que los defensores de ese modelo de sociedad, ese en el que la heterosexualidad es mejor que la homosexualidad, se escandalicen cada vez que en un libro escolar aparece un modelo diferente de familia. Porque su intención última es, ya que no pueden recortar derechos, conservar, al menos su superioridad moral y simbólica. Y por eso también, cualquier acuerdo legal que no fuera el del matrimonio (aunque contemplara los mismos derechos) hubiera sido en este momento histórico más pernicioso incluso que nada, porque hubiera servido para apuntalar el mito de que la heterosexualidad es superior a la heterosexualidad con todo lo que esto conlleva ideologicamente: el imperio de la biología como ordenadora de la vida humana, el mito de la complementariedad de los sexos, o el de la función eminentemente reproductiva de la sexualidad…
En ese sentido, los opositores al matrimonio entre personas del mismo sexo tenían razón. Tenían razón en su punto de partida cuando decían que no estábamos hablando de derechos, ni de sexo, ni de hijos, ni de amor o convivencia, ni de contratos. Cierto, estábamos hablando de legitimidad, de moral. La ley 13/05 está sustentada sobre una cuestión profundamente ideológica, defiende un determinado modelo de sociedad y por ello tiene un inmenso poder transformador; un poder que afecta a la concepción que tenemos de nosotros mismos como ciudadanos de un estado democrático y de derecho.
Una vez aprobada la ley y una vez también que se puso en práctica en medio de la mayor normalidad, surge la pregunta inevitable: “¿Soluciona el matrimonio los problemas de las personas homosexuales?”. El matrimonio significa la igualdad legal, una herramienta imprescindible para luchar contra la discriminación, una medida comparable a lo que significó la conquista del voto para las mujeres, pero ni el voto ni el matrimonio traerán, por sí solos, la igualdad real. Es más, como hemos venido denunciando las lesbianas reiteradamente[10], el matrimonio resultará más efectivo como herramienta de lucha contra la discriminación para los hombres que para las mujeres. Cuanto peor sea el punto de partida, menos útil será el matrimonio. Como primera premisa el matrimonio es una herramienta que exige partir de una situación de visibilidad completa. La mayoría de los gays y lesbianas somos visibles sólo parcialmente. La salida del armario, en una sociedad que presume que todo el mundo es heterosexual, es un proceso que no se acaba nunca y que sólo encontrará su final cuando se termine lo que llamamos la “presunción universal de heterosexualidad”. Para gays y lesbianas cada nueva persona que se conoce, cada nueva situación social, laboral, familiar…requiere una nueva salida del armario. La mayoría estamos fuera del armario en unas situaciones sí y en otras no; es posible que lo estemos ante parte de la familia, ante parte de los amigos, muchos no lo estamos en el trabajo…Pero hay una ecuación que no falla: a mayor vulnerabilidad social o económica, menos visibilidad. Las lesbianas nos encontramos en una situación, como mujeres que somos, siempre de mayor vulnerabilidad social y económica que los gays. Y especialmente mayor vulnerabilidad laboral. El paro, la precariedad, los salarios bajos, el subempleo…son problemas que nos afectan mucho más que a los trabajadores gays masculinos. Y el matrimonio no va a solucionarlos. El matrimonio es, por su propia naturaleza de contrato erga omnes, algo que difícilmente se puede mantener en secreto. Una vez contraído, esa unión legal, figurará en todos los documentos, otorga derechos y obligaciones que son públicas y por tanto, quien no está fuera del armario, tendrá difícil contraerlo. Quien tiene más que perder se arriesga menos, eso es evidente.
Por eso, desde que la ley entró en aplicación hemos visto como han contraído matrimonio tres veces más parejas formadas por dos hombres que formadas por dos mujeres. Porque la mayoría de los gays se encuentran en una situación laboral mejor que la mayoría de las mujeres. Esa es la razón fundamental, pero hay otras. Una madre, por ejemplo, en medio de un pleito por la custodia de sus hijos, querrá ocultar su condición por miedo a que el juez la juzgue con más dureza. Y muchas lesbianas son madres. Una madre, aunque no tenga marido, puede no querer contraer matrimonio para no obligar a su hijo/a a cargar con una situación que él/ella no ha elegido.
Una lesbiana es una mujer sin hombre y las mujeres sin hombre son las más vulnerables también a sufrir acoso sexual. No sólo las lesbianas, también lo son las madres solteras, las inmigrantes sin marido, las divorciadas…Esas son, según las estadísticas las trabajadoras más susceptibles de ser víctimas del acoso de sus superiores. Dentro de este grupo se encuentran las lesbianas que al hecho de ser mujeres a las que sus jefes y compañeros consideran “libres” en el sentido de no tener hombre que pueda reclamarlas como suyas (dentro de las reglas del patriarcado) unen también la extrema vulnerabilidad que proporciona el ser las depositarias de un estigma histórico. Y a esas dos circunstancias hay que sumarle además que las lesbianas son parte muy importante del imaginario sexual masculino heterosexual, lo que añade un factor más de vulnerabilidad. No es que haya menos lesbianas que gays, como han afirmado algunos a raíz de estas cifras, es que las lesbianas somos menos visibles porque no se han dado todavía las circunstancias de igualdad que nos permitirían sentirnos seguras. Falta mucho para eso y, mientras tanto, sólo aquellas cuya situación social sea segura podrán casarse, hacerse visibles, en definitiva.
BIBLIOGRAFÍA UTILIZADA
Gimeno, Beatriz. 2007. “Matrimonio civil en españa: Historia de una lucha”. Primera Plana. La construcción de una cultura queer en España. Ed. Juan Antonio Herrero Brasas. Madrid, Barcelona: Egales. 32-42
Evans, D. 1993. Sexual Citizenship. The Material Construction of Sexualities. London, New York: Routledge.
Petir, Jordi. 2004. Vidas del arco iris. Barcelona: Debolsillo.
Pateman, Carole. 1995. El contrato sexual. Barcelona: Anthropos.
Platero, Raqiuel. 2005“¿Invisibiliza el matrimonio homosexual a las lesbianas? Una crítica feminista sobre la construcción y representación del matrimonio homosexual en España” Orientaciones. Revista de homosexualidades. Madrid: Fundación Triángulo 103-120
Stychin, Carl. 2001. “Civil Solidarity or Fragmented Identities? The politics of Sexuality and Citizenship in France” Social and Legal Studies, 10 (3), 347-375. cit. en Platero, Raquel. 2005. “¿Invisibibiliza el matrimonio homosexual a las lesbianas? Una crítica feminista sobre la construcción y representación del matrimonio homosexual en España”Orientaciones. Revista de homosexualidades. Madrid: Fundación Triángulo.
Villar Sáenz, Amparo. 2008. “¿Lesbiana? Encantada, ¡¡Es un placer!!: Representaación de las lesbianas en euskal Herría a través de los grupos organizados” Platero, Raquel. coord. 2008 Raquel Platero Lesbianas, discursos y representaciones. Melusina: Barcelona. 61-84.
[1] J. A Herrero Brasas editó un volumen en el que distintos autores hablan de esta conquista desde puntos de vista muy diferentes. Gimeno, 2006 pp 33-40 hace un resumen político
[2] Petit, 2004
[3] Villar Sáenz, 2008 pp. 61-84
[4] Superado simplemente por una cuestión numérica (eran muchos más los partidarios de reivindicar derechos familiares que los que se oponían a esta reivindicación), pero nunca del todo en cuánto que siempre ha existido una importante facción política del Movimiento LGTB, identificado en los últimos años con lo que se ha llamado Movimiento Queer, que jamás ha estado de acuerdo con esta reivindicación.
[5] Normalmente cuando no se reivindica el matrimonio desde el principio es porque se estima que el país o la sociedad aun no están preparados y que una petición tan radical puede levantar más antipatías que simpatías. Es pues, una consideración estratégica.
[6] Pateman. 1995
[7] Stychin 2005.
[8] Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales. Federación que agrupa a 50 asociaciones de toda España y que ha sido la voz de la comunidad LGTB en sus reivindicaciones políticas.
[9] Evans, 1993
[10] Raquel Platero ha insistido en este punto en varios artículos y ponencias. Véase, por ejemplo, Platero, 2005.